Adjuntamos el Proyecto de Declaración:
PROYECTO DE DECLARACIÓN
Señora Presidenta:
El pasado 6 de Marzo los medios chilenos y nacionales informaron de un terrible hecho que continúa conmocionándonos. Daniel Zamudio, un joven chileno de 24 años, fue agredido por un grupo de neonazis que marcaron esvásticas en su cuerpo y le arrancaron parte de una oreja dejándolo en coma inducido en pleno Santiago de Chile a causa de su orientación sexual.
Según indicaron fuentes oficiales, Zamudio llegó a un hospital de la capital chilena "con lesiones de gravedad, con un trauma craneano severo, con una hemorragia sub-aracnoidea y agregado a eso una fractura de pierna derecha tibia-peroné". El joven se mantuvo en riesgo vital durante las primeras 48 horas, pero su vida ya no corre peligro.
Frente a este escenario macabro, el presidente del Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh), Rolando Jiménez, sostuvo: "Nos parece de la mayor gravedad que todavía en Chile haya grupos como los neonazis que actúen con absoluta impunidad, y eso se da, entre otras cosas, porque la clase política y el Estado chileno no se han hecho cargo de lo peligrosos que son estos grupos". Asimismo las autoridades del Movilh reclamaron a las autoridades la aprobación de la Ley contra la Discriminación en el parlamento trasandino.
Nos parece pertinente que esta Legislatura emita una declaración sobre estos sucesos aberrantes. En ese sentido cabe resalta lo establecido en la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, en donde se establece que "Todos los hombres nacen libres e iguales en dignidad de derechos y, dotados como están por naturaleza de razón y conciencia, deben conducirse fraternalmente los unos con los otros". Asimismo en su primer artículo instituye "Todo ser humano tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona" y su artículo segundo establece "la igualdad ante la ley sin discriminación". También podríamos mencionar la Declaración Universal de los Derechos Humanos (art 6º: derecho al reconocimiento de la personalidad jurídica y art 7º igualdad ante la ley y protección contra la discriminación), y La Convención Americana de Derechos Humanos (art. 3º: derecho al reconocimiento de la personalidad jurídica, art. 5º: derecho a la integridad personal, art. 11º: protección a la honra y la dignidad, art. 24º: igualdad ante la ley).
Creemos importante remarcar que estas situaciones de discriminación y violaciones de los Derechos Humanos por efecto de las identidades de género o las orientaciones sexuales de las personas constituyen un patrón arraigado y legitimado social, cultural e institucionalmente que niega su condición de sujetos de derechos por lo que las situaciones de discriminación como la que sufrió Daniel Zamudio llevan a que las personas que integran este grupo vivan en condiciones de exclusión, clandestinidad y marginalidad que segregan el espacio urbano y contribuyen a impedir o socavar el ejercicio pleno de sus derechos.
La libertad, la igualdad y el derecho a la no discriminación no tienen fronteras. Creemos que corresponde a la Legislatura Porteña emitir una declaración de repudio ante estos hechos atroces, a la vez que, enviamos un fuerte apoyo, tanto a Daniel Zamudio y su familia, como a todos los hermanos chilenos y latinoamericanos que luchan por que se hagan efectivos estos derechos humanos.